Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre posibilidad a aerolíneas para evitar compensaciones por retrasos graves

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que las empresas aéreas podrían estar exentas de compensar a sus clientes afectados por ‘grandes retrasos’ si estos son causados por una escasez de personal aeroportuario responsable de la carga y descarga de equipaje; siempre que la empresa demuestre que es una ‘circunstancia extraordinaria’. […]

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Ninguno – Eduardo Parra – Europa Press

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que las empresas aéreas podrían estar exentas de compensar a sus clientes afectados por ‘grandes retrasos’ si estos son causados por una escasez de personal aeroportuario responsable de la carga y descarga de equipaje; siempre que la empresa demuestre que es una ‘circunstancia extraordinaria’.

El fallo surge como respuesta a una pregunta prejudicial de un tribunal alemán, que buscaba interpretar la ley comunitaria aplicable en un caso de reclamación de un grupo de pasajeros. Los afectados sufrieron un retraso de tres horas y cuarenta minutos en un vuelo de la compañía TAS de Colonia-Bonn a la isla griega de Cos.

TAS se negó a compensar a los reclamantes, sosteniendo que el retraso fue causado principalmente por la falta de personal de aeropuerto para cargar el equipaje en el avión. La aerolínea argumenta que esta situación es una ‘circunstancia extraordinaria’ que no es de su responsabilidad.

Según el Tribunal con base en Luxemburgo, la insuficiencia de personal que realiza el manejo de equipajes puede ser considerada una ‘circunstancia extraordinaria’. No obstante, se debe comprobar que la situación es ni por su naturaleza ni por su origen inherente a la actividad del transportista y que está fuera de su control efectivo. Por tanto, está en manos del tribunal alemán verificar si estos requisitos se cumplen en el caso en cuestión.